El sofisma de “formalización” del Gobierno Nacional

Bogotá, 11 de enero de 2023

Edilberto C. Castro

Secretario General del SUNET Subdirectiva Bogotá

Por décadas, las plantas de personal de las entidades públicas han permanecido prácticamente congeladas y el número de órdenes de prestación de servicios ha crecido exponencialmente. Las recientes cifras entregadas por el Gobierno Nacional indican que (excluyendo uniformados y maestros) somos 1’186.319 trabajadores vinculados directamente por entidades del Estado, de los cuales cerca de 574.000 lo hacen como contratistas, frente a 613.000 servidores públicos. La síntesis es que en Colombia, 5 de cada 10 empleados al servicio del Estado se encuentran precarizados por OPS que encubren verdades relaciones laborales, pero hay entes territoriales como Bogotá en los que la cifra es mucho más grave y asciende al 65%.

El pasado 29 de diciembre, el director del Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP, emitió la Circular Conjunta N° 100-005-2022 que fija los “Lineamientos del Plan de Formalización del Empleo Público en equidad – vigencia 2023”. Esta circular no fue consultada con las centrales obreras y tampoco fue objeto de discusión de la Mesa Bipartida “Por la actualización/ampliación de planta” pactada en un Acuerdo Laboral y consagrada en el Decreto 1083 de 2015, de la que hacen parte negociadores estatales y que tiene funciones relacionadas con la actualización y ampliación de plantas de empleos.

Además del inconveniente de procedencia, la “propuesta de formalización” presentada por el gobierno nacional tiene varios problemas de fondo, que ponen en peligro los principios de la función pública y los derechos laborales fundamentales de los servidores públicos.

En primer lugar, la decisión política del actual gobierno de mantener la “sostenibilidad fiscal” como criterio fundamental para las finanzas públicas, hace imposible que llegue a buen término un verdadero proceso de formalización laboral. El objetivo de la regla fiscal, coincidente con lo impartido por el BM, el FMI y la OCDE, es el de asegurar la sostenibilidad de las finanzas públicas, sin poner en peligro los compromisos del país con el pago de la deuda pública. Con esos criterios fue aprobada la reciente reforma tributaria.

Prueba de ello es que, del presupuesto aprobado para el 2023 cerca del 20% sea para el pago de la deuda, mientras los recursos de funcionamiento de las entidades tienen crecimientos apenas nominales. Además, en la práctica, la regla fiscal ha impedido avances en la formalización laboral pues impone límites a los recursos con los que se financian las plantas de personal de las entidades bajo el sofisma de la austeridad en el gasto que iguala equivocadamente los costos laborales con cualquier rubro innecesario. Todos estos criterios permanecen en los lineamientos presupuestales impartidos por la Función Pública para el nuevo plan de “formalización laboral”.

En segundo lugar, la circular orienta que “la contratación directa a través del contrato de prestación de servicios y de apoyo a la gestión deberá tener un término de duración de cuatro (04) meses, plazo este durante el cual los órganos, organismos y entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial deberán elaborar los estudios técnicos requeridos y establecer la planta temporal….”. Es una decisión altamente irresponsable puesto que los estudios que requieren las entidades ocupan más tiempo del estipulado en la circular para arrojar resultados serios y, además, la asignación de recursos de inversión y funcionamiento de las entidades públicas para el 2023 ya cerró el pasado mes de noviembre por cuenta de la aprobación del Presupuesto General de la Nación. Por otra parte, pone en vilo a cientos de trabajadores que estarán sometidos a contratos de corta duración sin resultados ciertos.

Por último y como aspecto central, vale la pena señalar la inconveniencia de la figura de las plantas temporales a la que por años se ha opuesto la Central Unitaria de Trabajadores – CUT. Los empleos de carácter temporal están previstos en la Ley 909 de 2004, se contemplan “excepcionalmente” y deberán responder a unas condiciones específicas: a) cumplir funciones que no realiza personal de planta; b) desarrollar programas o proyectos de duración determinada; c) suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo, determinada por hechos excepcionales; y d) desarrollar labores de consultoría y asesoría de duración total no superior a 12 meses.

Es de profunda gravedad que la necesaria formalización de empleos, cubiertos en la actualidad por cientos de contratistas que desempeñan funciones “misionales y permanentes”, se haga sobre la base de la figura temporal. En primera medida, porque está diseñada para casos “excepcionales” que de usarse en la “formalización” le arrebataría la vocación de permanencia y misionalidad a esos cargos que por décadas han sido erróneamente entregados a los órdenes de prestación de servicio. Significaría, además, echar por la borda un importante terreno avanzado por los trabajadores y las organizaciones en la lucha sindical y jurídica, sobre la existencia del contrato realidad y que inclusive ha sido reconocido por la Corte Constitucional y el Consejo de Estado.

Esta propuesta también, impacta negativamente los derechos fundamentales de los empleados. La planta temporal y sus empleos creados, tienen una vigencia determinada, lo que conlleva a que la vinculación de los nuevos trabajadores se haga de forma  transitoria, relativizando la estabilidad laboral casi que indefinida (salvo desempeño o proceso disciplinario) con la que cuenta los empleos de carreara administrativa de una planta permanente de personal. Este experimento en Bogotá salió muy mal, durante la Bogotá Humana en el 2013 fueron creadas varias plantas temporales que finalizaron por el término de su vigencia en 2016 y que arrojaron a cerca de 4.000 empleados a una masacre laboral.

En medio de la estructural deslaborización a la que se ven sometidos los contratistas que en el país representan cerca del 50% de quienes trabajan para el Estado, una medida “intermedia” como esta puede resultar llamativa, sin embargo, traería consecuencias altamente negativas para el futuro del empleo público y los derechos laborales. Es por eso, que las organizaciones sindicales del sector estatal debemos incluir esta histórica reivindicación en los próximos pliegos de peticiones, exigir que se instale la Mesa Nacional por la Formalización Laboral (y sus correspondientes expresiones en las diferentes entidades) y luchar sin vacilación por una verdadera formalización y ampliación de planta permanente de las entidades que conduzca a la reducción progresiva de los contratos de prestación de servicio.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *